25 de junio de 2007

¿Existe el Síndrome de Alienación Parental (SAP)?

Cartas al Director. Publicado por el Diario de Noticias, de Navarra el 25 de junio de 2007
¿Existe el Síndrome de Alienación Parental (SAP)?
ANTE la noticia de que una juez de familia ha suspendido el contacto con su hija a una madre que tenía su custodia, con el fin de reconducir la normal relación con el padre, inexistente a raíz del divorcio de sus progenitores, mucha gente se pregunta de qué se trata y porqué esa medida que parece tan drástica. Este conjunto de síntomas fue descrito por Gardner en la década de 1980. Este trabajador de la salud mental atendió durante la guerra de Corea a soldados que habían estado prisioneros y durante su cautiverio fueron re programados por sus captores. Cuando volvió a la vida civil, comenzó a realizar peritajes en los juzgados de familia, fundamentalmente cuando había acusaciones de abuso sexual. Empezó a ver una serie de alteraciones en los menores cuyos padres tenían conflictos judiciales por problemas de rupturas conyugales (divorcios).... Con la experiencia que traía de la guerra observó el lavado de cerebro que se realizaba a los hijos por parte del progenitor custodio (generalmente, la madre) y esto dio pie a una serie de estudios que, con el correr del tiempo, han dado cuenta de otras enfermedades como la interferencia grave, el síndrome de Turkat, el de la madre maliciosa, etcétera. Estos problemas de salud mental los puede provocar tanto el varón como la mujer, pero se refiere como alienadora a ésta, porque generalmente, por cuestiones culturales, es a la que el juzgado de familia le da la custodia, ya que todavía muchos jueces consideran al hombre como mero proveedor de alimentos.
En los casos graves (Tipo III) está indicada la separación del progenitor alienador, al igual que se hace con los tratamientos de drogadictos y otros. Inclusive hay casos en que pueden actuar a distancia , mediante llamadas telefónicas, etcétera. Por esto es muy importante que los profesionales que traten este tema estén especializados y no sean improvisados que saben de todo o meros burócratas de juzgados de familia. Algunos detractores de este síndrome dicen que no existe porque no está reconocido por la OMS. Supongo que si hubieran vivido en la época de Pasteur habrían dicho que los microbios no existían porque sólo ese señor daba la lata con el tema, siendo repudiado por la comunidad científica ... Casos de éstos tenemos miles, también el sida no existía hasta que Gallo y Montagnier lo pusieron sobre la mesa. Mientras había matado unos cuantos monos y humanos, algo parecido con el prion de lasvacas locas . También dan a entender que el señor Gardner no estaba bien de la cabeza porque acabó suicidándose, quizá soportó el sufrimiento de los soldados que vio en la guerra de Corea, pero fue incapaz de superar lo visto en las guerras de los juzgados de familia, cuyas principales víctimas son niños indefensos. Reconocer que una madre puede hacer tanto daño a sus hijos no hay duda que revuelve los cimientos de nuestra sociedad, pero la vida es así... Si no le quieren llamar Síndrome de Alineación Parental llámenle como quieran, pero es algo que tenemos como resultado de lo mal que se resuelven los conflictos de parejas con hijos (en la actualidad hay un 30% de contenciosos). Entre otras cosas, porque no nos atrevemos a llamar al pan, pan y al vino, vino.
Luis Aleu Ferraté
Pte. Asociación Hijos Separados

23 de junio de 2007

Pensiones alimentarias y Síndrome de Alienación Parental (SAP)

(Publicado en el Diario de Navarra del día 19/06/07)

En la edición del 16 de junio, destacan dentro de otras noticias, dos que tienen mucha importancia para los hijos de parejas rotas (divorciadas). En una de ellas el ministro de Justicia M. Fernández Bermejo, presentó un informe sobre el proyecto de un Real Decreto con el cual se pondrá en marcha un fondo de Garantía de alimentos para los hijos menores en caso de ruptura legal de la unión de sus progenitores, es un proyecto que desde la Asociación Hijos Separados venimos solicitando desde nuestros comienzos. Una vez instaurado, esperemos que los jueces encargados de fijar los montos de las pensiones de alimentos, lo hagan con criterios adaptados a la realidad de cada progenitor, evitando injusticias como las que se han producido cuando se aplican sentencias “a ojo de buen cubero”, que no hay duda, todos los jueces no tienen......dejando generalmente al hombre en la indigencia...y a los hijos, con un padre mermado, ó lo que es peor, sin él.
La otra gran noticia, es lo expresado por el psicólogo estellés, Javier Urra, patrono de UNICEF, que destaca al niño como sujeto de derechos, no siempre cubiertos, y cita entre varios ejemplos, los casos de hijos de separaciones muy conflictivas con el Síndrome de Alineación Parental (SAP), otro de los temas que nuestra Asociación trata de hacer conocer al gran público, ya que los profesionales de nuestros juzgados de familia, lo conocen hace al menos 15 años, aunque hasta el momento da la sensación que miran hacia otro lado a la hora de enfocar este grave problema.....con la consiguiente falta de tutela judicial efectiva hacia los grandes perdedores de estos conflictos, que son los hijos de las parejas rotas.
Luis Aleu Ferraté
Pte. Asociación Hijos Separados

Una sentencia esperanzadora....

La sentencia (recurrible ) de una juez, tiene gran significación, primero porque se empieza a reconocer en los juzgados de familia, que hay patologías que influyen en la normal relación paterno- filial....aunque estas todavía no estén "reconocidas" por la OMS...no olvidemos que el SIDA, tampoco fué reconocido, aún matando miles de personas en el mundo... Otro dato a tener en cuenta, es que el género del funcionario actuante es femenino...por lo tanto tiene doble mérito, ya que racionaliza la situación, no responde solo por emociones y prejuicios culturales, algo que caracteriza a muchos jueces (masculinos y femeninos) . Se empieza a ver la luz, aunque para ello todavía será necesario que queden varios hijos/as, huérfanos de uno de sus progenitores vivos.
Una juez concede a un padre la custodia de su hija para que recupere su confianza en él
La sentencia aprecia una influencia negativa de la madreUn juez de Manresa ha otorgado a un padre la custodia de su hija, por un período de seis meses, para intentar remediar la aversión que la niña siente hacia él y que, según la sentencia, ha sido inculcada por la madre, al haber impedido que le viera desde su separación. El juzgado acuerda suspender el contacto de la niña con la familia materna en este tiempo.

En la sentencia, pionera en Cataluña, el juzgado de primera instancia número 4 de Manresa no sólo concede la custodia al padre, sino que también acuerda suspender cualquier contacto de la niña, de 8 años, con su madre y con su familia materna durante esos seis meses, hasta que esté acreditado que la menor haya superado el síndrome de alienación parental o la aversión que siente hacia su progenitor.
La misma juez ha dictado un auto en el que acuerda, a instancias de la fiscalía, abrir diligencias contra la madre de la niña y sus abuelos maternos, por un delito de sustracción de la menor y otro de abandono de menor, por haber incumplido el régimen de visitas con su padre, establecido desde el divorcio, en enero del año 2004.
La separación se produjo cuando la niña tenía cuatro años, y desde entonces, la madre «ha estado permanentemente obstaculizando dicha comunicación», de manera que han sido «muchísimas» las veces en que el padre se ha visto privado de la misma», sostiene el fallo.
La madre de la menor denunció que la pequeña había sido víctima de maltratos por parte de su padre, pero, recuerda la juez, nunca presentó denuncia por ello ni se han detectado esas agresiones en las escasos contactos que ambos han mantenido, ya que casi siempre han estado presentes terceras personas.
La juez concluye en su sentencia, a la luz de los informes médicos y periciales, que la niña sufre un «síndrome de alienación paternal, fobia o ansiedad» hacia la figura paterna, dado que siente rechazo hacia su padre, se niega a relacionarse con él y defiende «a ultranza» a la madre y a su actual compañero, «al que llama papá».
Seguimiento de especialistas
Tras descartar que la solución a ese síndrome sea establecer encuentros esporádicos semanales, porque «se vienen intentando sin éxito desde hace tres años», la juez resuelve atribuir al padre la guardia y custodia de la menor durante medio año, en el que no podrá tener contacto con su familia materna.
Durante el primer mes, ordena la juez, la pequeña pasará a residir al domicilio de los abuelos paternos y será visitada por su padre, sin que éste pueda pernoctar en esa casa. Posteriormente, si los especialistas lo consideran oportuno, pasará a vivir con su progenitor.
El juzgado se encargará también de designar a los especialistas médicos que evaluarán y harán un seguimiento de la menor y del síndrome de alienación que padece, una enfermedad que, admite la sentencia, no está reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El fallo cree probado que la causa directa de la fobia que padece la niña es «el constante incumplimiento del régimen de visitas por parte de su madre» y que es muy probable que haya sido infundida por el círculo materno.

14 de junio de 2007

Acoso Moral, un tema para leer

El acoso moral es uno de los erosionadores de la familia, muchas veces se produce por el desconocimiento sobre este tema, de los componentes de la misma, generalmente porque en su familia de origen, lo han vivido como algo normal. Es importante para no repetir historias, estar informado... esta posibilidad està al alcance de nuestra mano, gracias a las numerosas publicaciones que hay sobre el tema. En nuestro blog, aprovechamos para mostrarles una autora que trabaja hace mucho tiempo, para ayudar a conocer este flagelo.